CONTRATO DE ENCARGO DE CREACIONES VISUALES: En É, a É de É de É . REUNIDOS: De una parte É actuando en su propio nombre y representaci—n, mayor de edad, con domicilio en É DNI n¼ É (de ahora en adelante el AUTOR O CREADOR VISUAL). De otra parte, É con domicilio social en É, Inscrita en el Registro Mercantil con NlF É representada en este acto por Don É en su calidad de É, segœn se acredita mediante É (de ahora en adelante el EDITOR). Ambas partes se reconocen con plena capacidad legal para firmar el presente contrato que someten a los siguientes PACTOS: PRIMERO.- El EDITOR encarga al AUTOR la realizaci—n de ..., a fin de ser editadas y publicadas en ... . Se especifican las caracter’sticas de dicha obra, as’ como las caracter’sticas de la publicaci—n, distribuci—n en presentaci—n en el ANEXO NòMERO UNO. SEGUNDO.- La obra encargada ser‡ entregada por el AUTOR al EDITOR antes del d’a ... totalmente acabada y en condiciones de ser reproducida. TERCERO.- El EDITOR pagar‡ al AUTOR, como anticipo de la cantidad que le corresponder‡ en concepto de derechos de explotaci—n sobre la obra, la cantidad de ... pesetas. CUARTO.- En todo caso, tras el trabajo de reproducci—n y edici—n por parte del EDITOR de la obra, los originales entregados deber‡n ser retornados a su autor, que podr‡ disponer de ellos libremente, siempre que ello no sea contrario a las cl‡usulas del contrato de edici—n firmado con el EDITOR. QUINTO.- En caso de que el EDITOR no diese su conformidad a la obra encargada por no atenerse a las caracter’sticas y especificaciones contempladas en el ANEXO NUMERO UNO de este contrato y el AUTOR no realizase las modificaciones propuestas por el EDITOR Žste quedar‡ liberado de la obligaci—n de efectuar los pagos restantes, aunque deber‡ garantizar siempre y en todo caso al AUTOR una cantidad m’nima de ... pesetas.(1) SEXTO.- El EDITOR remitir‡ al AUTOR las pruebas de grabado de la obra, debiendo Žste œltimo retornarlas de nuevo al EDITOR en un plazo m‡ximo de diez d’as, dando su conformidad e indicando de forma clara las correcciones y observaciones que estime pertinentes a fin de adaptarlas al m‡ximo al original de la obra. Transcurrido dicho plazo, si el AUTOR no ha devuelto las pruebas, el EDITOR podr‡ realizar las correcciones tŽcnicas que estime oportunas, sin que se pueda exigir ningœn tipo de responsabilidad si el resultado no fuera satisfactorio para el AUTOR. En el supuesto de que el EDIT0R no recoja los cambios propuestos por el AUTOR, siempre y cuando no impliquen un cambio substancial de la obra dicho incumplimiento ser‡ causa de rescisi—n del contrato. Debiendo por ello indemnizar el EDITOR al AUTOR por los gastos que su trabajo haya devengado. SƒPTIMO.- Como causas de resoluci—n del contrato por incumplimiento se establecen: a) No entregarse las obras encargadas dentro del plazo convenido para ello, tras requerimiento expreso del EDITOR en el plazo de una semana desde el d’a en que deb’an ser entregadas. b) Si el AUTOR no realiza las modificaciones propuestas por el EDITOR siempre que sea en base a las caracter’sticas prefijadas de la obra. c) Si el EDITOR no recoge las modificaciones y correcciones del AUTOR, sin perjuicio de la reclamaci—n que por da–os y perjuicios pueda corresponderle. OCTAVO.- El presente contrato se regir‡ y ser‡ interpretado conforme a lo previsto en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual y, en general, por las disposiciones legales que le sean de aplicaci—n. NOVENO.- A) Para resolver cuantas divergencias pudieran surgir como consecuencia de la interpretaci—n y ejecuci—n del presente Contrato, ambas partes se someter‡n a un Arbitraje de Equidad que realizaran los miembros que se designen por parte de la Comisi—n mixta de Editores y Autores. B) Ambas partes se someten, para cualquier diferencia que pudiera surgir de la interpretaci—n y cumplimiento del presente contrato a la jurisdicci—n y competencia de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de É renunciando a su propio fuero, de ser otro. Y en prueba de su conformidad, lo firman por duplicado en la fecha y lugar se–alados en el encabezamiento. el EDITOR el AUTOR (1) Concretar la expresi—n de la lengua o lenguas en que haya de publicarse